noviembre 24, 2020
La próxima batalla en Internet: medios de comunicación y buscadores
Alvin Toffler escribió hace varios años que, en definitiva, las comunicaciones son ante todo «un acto social». Días atrás, un tribunal de Francia dio lugar al reclamo entablado por un medio periodístico contra Google por el reclamo en la indexación de las noticias y su difusión por parte del buscador.
Es un fallo que anticipa una batalla que se librará seguramente en otros tribunales del mundo. Por un lado, los medios tradicionales, tanto gráficos como televisivos, reclaman por la utilización del contenido generado y producido por ellos frente a los «buscadores», que sin pagar ni solicitar permiso alguno los usan para editarlos o distribuirlos por sus plataformas.
¿Cuál es el núcleo del problema? Por un lado tenemos a los medios con altos costos estructurales y logísticos, a los que se le suman los regulatorios y las obligaciones inherentes a sus licencias. Estos son generadores de contenidos que, al subirlos a Internet, son tomados por los buscadores, editando en algunos casos, sintetizándolos y distribuyéndolos a costo cero para los titulares de los mismos.
No hay pago por derecho de autor, ni reconocimiento de propiedad intelectual. Por el otro lado, la distribución que hacen los buscadores aumenta la llegada de esas noticias a lectores en una magnitud que beneficia el tráfico y alcance de la circulación.
Otra de las cuestiones implícitas en el conflicto es el mercado de la publicidad, en donde el buscador genera más tráfico para sí, mermando consecuentemente la inversión destinada a los medios de información. Como colofón de esta realidad, el encierro por la pandemia ha alentado la lectura y el consumo digital, lo que impactó en la transición de los lectores tradicionales de medios gráficos a los digitales.
El fallo insta a lograr un acuerdo a fin de reconocer los derechos derivados de la producción de noticias y lograr convenir una solución satisfactoria para las partes.
Desde su origen Internet surgió al margen de los estándares regulatorios tradicionales; al contemplar en la actualidad su evolución y uso, es entendible que estos temas sean los motivos de una discusión que no tiene una salida clara. Derechos enfrentados, valores y reconocimientos, consumo y preferencia, contenidos y grandes inversiones, son los elementos de una ecuación que lejos de resolverse sola, interpela a las empresas y medios para enfrentar el desafío de un público atomizado y exigente de una cantidad y calidad de información distinta.
Algo similar se dio años antes con la migración de la industria musical y de películas para consumo hogareño a las plataformas de distribución digital. Los autores, intérpretes y productores debieron replantear los modelos de negocios. Como ejemplo de este cambio sólo hace falta ver que los controles remotos de nuestros televisores incorporaron teclas con las empresas que nos ofrecen series y películas.
El mismo debate se dio sobre la transición de los libros a formatos de e-book, modificando los acuerdos de derechos de autor, traducción y distribución. La historia se repite y le toca a las agencias de noticias y productoras televisivas diseñar los que será un paso más en la trasformación de la distribución de las mismas.
Un proceso acordado para la utilización de plataformas, dispositivos y medios podría ser el camino y solución como alienta el fallo comentado, a fin de respetar los derechos conexos de las partes en juego, y que el beneficio del proceso de convergencia se de en un escenario que, como estamos viendo, no tiene retorno.
Raúl Martínez Fazzalari es abogado. Profesor Titular de Derecho de Nuevas Tecnología. UCES.
- Texto: Raúl Martínez Fazzalari (CLARIN.COM
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